El concurso de acreedores es un instrumento de naturaleza jurídica destinado a solventar los problemas de liquidez o la insolvencia de una sociedad mercantil u organización.
Cuando se habla de problemas de liquidez o insolvencia nos referimos a la imposibilidad de cumplir con todas las obligaciones por parte del empresario a sus acreedores.
Gracias al concurso de acreedores es posible exponer ciertas soluciones con el fin de dar la mejor respuesta a los problemas de liquidez de tu empresa. El principal objetivo es formular convenios que permitan pagar a los acreedores y garantizar la continuidad de la empresa.
También es importante destacar, que un gran número de empresas en concurso de acreedores finaliza con la liquidación de la empresa, principalmente por no poseer el capital suficiente para el mantenimiento de la empresa.
El concurso de acreedores está compuesta por tres fases:
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Fase Común
Esta es la primera toma de contacto y el inicio del concurso de acreedores, también es denominada fase de Auto de Declaración de Concurso. Se caracteriza por las siguientes cuestiones:
- Se establece el comienzo o inicio del concurso de acreedores siendo de prioritaria obligación la paralización de las deudas, se impide la presentación de nuevas demandas o, por ejemplo, se frena malvender el patrimonio a un solo acreedor. En definitiva, se crea un escenario en pausa de la situación de la empresa deudora.
- El siguiente paso, en esta fase, es la publicación de la declaración de concurso de acreedores en Boletines Oficiales y la inscripción en el Registro Mercantil, de la Propiedad y de Resoluciones Concursales.
- Al Concurso deben presentarse los acreedores y la otra parte representada por un administrador concursal (en representación del administrador de la sociedad).
El Administrador Concursal tendrá un papel fundamental, entre otras funciones se encargará de: intervenir en todos los actos propios del administrador de la sociedad, redactar informes (contables, inventarios, acreedores) o la presentación y comunicación al Juez (plazo dos meses).
Sin impugnaciones el tiempo para el cumplimiento de esta fase se estima en 3 o 4 meses.
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Propuesta de Convenio
Finalizada la primera fase, se entra en aquella diseñada para formular un convenio que vincula una solución eficaz.
Para ello, el Juez dictará auto poniendo fin a la Fase Común y abriendo la fase de Convenio, convocando la Junta de acreedores para la aprobación del mismo (se estima un plazo de tres meses).
En dichas propuestas se debe de especificar un plan de pagos asumible por el deudor además se ha de asegurar obligatoriamente la continuidad de la actividad empresarial.
Para la aprobación del convenio será necesario el voto del 50% de los acreedores, aunque cabe la posibilidad que Seguridad Social y Hacienda no accedan a las características de ese Convenio y se necesite reformular la solución ofrecida.
Una vez aceptada la propuesta de Convenio será enviada al Juez para su aprobación, en ausencia de impugnaciones.
El Plazo de duración de dicha fase será de entre 8 a 10 meses.
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Concurso de Acreedores -Liquidación
Si el plan formulado en el Convenio no ha dado sus frutos, tan solo queda abrir el plazo para la fase de liquidación.
Se propondrá un plan de Liquidación (venta de activos con el fin de satisfacer las deudas). Si este es aceptado por los acreedores será aprobado por el Juez de lo Mercantil.
Concurso de Acreedores – Fin del Proceso
Finalizado el concurso ya sea por cumplimiento del Convenio u otra solución deberá de ser notificado al Juez, el cual firmará el auto de conclusión del concurso. Dicho auto tendrá que publicarse en boletines, periódicos y similares.
Los concursos de acreedores son una alternativa muy utilizada y en muchas ocasiones es la única opción para promover la continuidad de las empresas.